
Fuente: Revista Semana
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Mediante la resolución 00141 de 10 de Enero del presente año, la Aeronáutica Civil de Colombia dio a conocer que no se necesita la Cédula de Ciudadanía o Tarjeta de Identidad para abordar vuelos en el territorio nacional. La entidad señaló que en caso de extravío de documentos, los pasajeros pueden presentar:
- Pasaporte
- Licencia de Conducción
- Libreta o Cédula Militar
- Tarjeta Profesional, o
- Cualquier otro documento expedido por una entidad gubernamental del Estado colombiano, siempre que contenga nombres y apellidos, número de documento de identidad (Cédula de Ciudadanía o Tarjeta de Identidad) y fotografía de su titular.
En el caso de vuelos internacionales, los viajeros continuarán presentando el pasaporte y los ciudadanos extranjeros su pasaporte o cédula de extranjería.
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