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Empresas no podrán exigir pruebas COVID – 19 a sus empleados o aspirantes

Cortesía: Telemedellín

Mediante la circular 022 del 8 de marzo de 2021, el Ministerio del Trabajo ordenó a los empleadores del sector público y privado que, a partir de la fecha, no podrán exigir pruebas de COVID-19 a sus trabajadores ni establecerlas como requisito para la vinculación laboral de aspirantes.

Asimismo, el documento considera que tanto un examen médico como una prueba de coronavirus, no será causal de despido a un empleado o requisito esencial para contratar un empleo. Solo si el empleador considera que por motivos de seguridad y salud es necesario realizar estas pruebas, este tendrá que cubrir los costos médicos.

“Cuando la protección de la persona y de la comunidad laboral, así como las condiciones de seguridad y salud en el trabajo lo requieran, el empleador, bajo su responsabilidad y costo, podrá remitir al trabajador ante el personal idóneo para que sea efectuada la prueba SARS CoV-2 (COVID-19), sin que el resultado de esta pueda ser utilizado como causal para terminar la relación laboral”, indica la circular.

Además, Mintrabajo resaltó el artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), que establece que “todo empleador se encuentra obligado, a través del personal idóneo, a practicar los exámenes médicos y tomar todas las medidas necesarias para la protección de la vida y la salud de sus trabajadores”.

El Gobierno Nacional hizo un llamado a las empresas para que se implementen los protocolos de bioseguridad, protegiendo el derecho a la intimidad y privacidad de sus empleados en materia de salud. Igualmente, llamó a los empleados para que denuncien cualquier irregularidad en esta materia que se presenten en los lugares de trabajo del país.

Circular 022 de 2021 del Ministerio del Trabajo:

https://www.mintrabajo.gov.co/web/guest/prensa/comunicados/2021/marzo/no-se-pueden-exigir-pruebas-covid-19-para-la-vinculacion-laboral-mintrabajo?redirect=%2Fweb%2Fguest%2Fhome_prueba%2F-%2Fasset_publisher%2FiVoa0WdbcvYr%2Frss